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06 ABRIL 2022

Varios ayuntamientos de Guipúzcoa dispondrán de una zona habilitada para enterramientos bajo el rito islámico


Esquelas.es | Varios ayuntamientos de Guipúzcoa dispondrán de una zona habilitada para enterramientos bajo el rito islámico

Después de un proceso de un año de trabajo con la Comisión ADOS y las Comunidades Islámicas de Euskadi, varios ayuntamientos de Guipúzcoa están dando los primeros pasos para poder habilitar en sus cementerios parcelas que hagan posible los enterramientos por rito musulmán. En concreto, se trata de los Ayuntamientos de San Sebastián, Tolosa, Villafranca de Ordicia y Elgoibar.

El requisito principal que deben cumplir estas parcelas para que pueda desarrollarse un enterramiento siguiendo el rito musulmán es que las sepulturas estén orientadas al este. Sobre esta base, se desarrollan los rezos y ritos de inhumación propios del islam como, por ejemplo, acomodar el cuerpo a medio lado o introducir tierra en el ataúd.

En los casos de San Sebastián, Tolosa, Villafranca de Ordicia y Elgoibar, el proceso está avanzado y se prevé que estas parcelas puedan estar preparadas antes de fin de este año. En otro grupo de Ayuntamientos, el proceso está en fase de análisis de las posibilidades técnicas que ofrecen sus respectivos cementerios.

De este modo, estos ayuntamientos están respondiendo a una realidad socio-religiosa y cultural crecientemente plural y también al respeto a las libertades y derechos fundamentales. La libertad de religión es uno de los derechos humanos reconocidos universalmente en todos los tratados y convenios internacionales de derechos humanos.

Esta libertad incluye tanto el derecho a profesar libremente, de manera individual o colectiva, cualquier religión, como el derecho a no profesar ninguna religión o creencia. La libertad religiosa está expresamente reconocida como derecho fundamental en el artículo 16 de la Constitución.

Por otra parte, la Ley 26/1992, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el Acuerdo de Cooperación entre el Gobierno de España y la Comisión Islámica de España, reconoce a las Comunidades Islámicas el derecho a contar en los cementerios municipales con parcelas destinadas a los enterramientos por rito musulmán, siempre con sujeción a lo dispuesto en la legislación de régimen local y de sanidad.



Fuente: VER

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