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Inauguran el nuevo cementerio y tanatorio de Mairena del Aljarafe (provincia de Sevilla), cuya construcción fue adjudicada en 2020 a la unión temporal de empresas (UTE) conformada entre las sociedades Obras Públicas y Regadíos y OPR, que a cambio de costear la inversión explotará económicamente este servicio que incluye además un crematorio, aún por poner en servicio.
Al acto asistieron el alcalde de Mairena del Aljarafe, Antonio Conde, y Tomás Palmer, presidente de la sociedad Servicios Funerarios del Aljarafe, creada para la gestión externa de este espacio. El recinto fue inaugurado el pasado viernes 12 de enero.
El nuevo camposanto dispone 768 nichos, 650 columbarios y 7 sepulturas, así como de una sala de restauración, cuatro salas de velatorio y una zona de aparcamiento, a lo que se sumará próximamente el crematorio también incluido en el proyecto.
El nuevo complejo funerario incluye iniciar el proceso de paulatino cese de actividad del anterior camposanto, que a partir de hoy lunes 15, ya no admitirá más enterramientos en nicho o sepultura. Su cierre definitivo ocurrirá en 2034.
Recordemos que en 2012, el Ayuntamiento de Mairena emprendía una modificación de su Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) para destinar 24.056 metros cuadrados del entorno del Camino de Bollullos, fuera del casco urbano del municipio, a la creación de un nuevo cementerio, un proyecto que tenía asociado un tanatorio y un crematorio, pesando en todo este asunto la superación de la capacidad del actual camposanto del municipio.
En 2020, finalmente, el Ayuntamiento de Mairena adjudicaba a la mencionada UTE una concesión administrativa para la construcción de un cementerio en los mencionados terrenos del Camino de Bollullos y la creación y explotación de un tanatorio y crematorio, que incluye la prestación de los «servicios integrales funerarios» del recinto y «la percepción de derechos, tasas o precios públicos», por un periodo de 40 años; si bien la entidad habrá de rendir al menos un cinco por ciento de sus ingresos al Consistorio en concepto de canon.
Fuente: VER