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11 ABRIL 2024

Trámites ante el cementerio municipal de Alicante, transmisión ?Inter Vivos?


Esquelas.es | Trámites ante el cementerio municipal de Alicante, transmisión ?Inter Vivos?

El Ayuntamiento de Alicante informa. La transmisión inter vivos del derecho funerario podrá hacerse por el titular/cotitular, únicamente a favor del cónyuge, ascendiente, descendiente, o colateral hasta el cuarto grado por consanguinidad y hasta el tercer grado por afinidad, y parejas que convivan, previa acreditación del Certificado de Unión de Hecho, debiendo constar la declaración de voluntad del cedente y la aceptación del nuevo titular.

QUIÉN PUEDE SOLICITARLO
Cónyuge, ascendiente, descendiente, o colateral hasta el cuarto grado por consanguinidad y hasta el tercer grado por afinidad, y parejas que convivan, previa acreditación del Certificado de Unión de Hecho, debiendo constar la declaración de voluntad del cedente y la aceptación del nuevo titular.

NORMATIVA APLICABLE
Ordenanza reguladora del cementerio municipal de Nuestra Señora del Remedio (Alicante), texto aprobado, inicialmente, por el Pleno de 30 de abril de 2021, de cuya elevación a definitivo se dio cuenta al Pleno de 29 de julio de 2021, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 145, de 3 de agosto de 2021.

Ordenanza para la exacción de la tasa por prestación de servicios en el cementerio municipal, texto aprobado, inicialmente, por el Pleno de 29 de octubre de 2015, de cuya elevación a definitivo se dio cuenta al Pleno de 28 de enero de 2016, con publicación en el Boletín Oficial de la Provincia nº 243, de 21 de diciembre de 2015.

Modelo de solicitud: TRANSMISIÓN INTER VIVOS

Documentación a presentar:
.- Solicitud de transmisión inter vivos, debidamente cumplimentada y firmada, tanto por cedentes como por aceptantes del derecho de concesión funeraria.

.- Copia de D.N.I o N.I.F. del solicitante cedente o solicitantes cedentes y de quienes aceptan la transmisión.

.- Acreditación de la representatividad, en su caso.

.- Copia del Título de concesión del derecho funerario cuya transmisión se solicita.

.- Documento acreditativo del parentesco conforme indica la ordenanza municipal.

.- Justificante del pago de la tasa que corresponda, que le será facilitada en la oficina del Cementerio Municipal.

.- Declaración responsable de voluntad del cedente y aceptación del nuevo titular sobre la gratuidad de la transmisión entre ambos.



Fuente: VER

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